Las cuentas bancarias existentes mientras esté vigente la sociedad de gananciales se presumen, precisamente, gananciales, salvo que se demuestre que son privativas de alguno de los cónyuges y, en consecuencia, los saldos de esas cuentas habrán de incluirse en el activo de la sociedad a la hora de elaborar el inventario para liquidarla.
Da igual que las cuentas estén abiertas a nombre de uno sólo de los cónyuges o de los dos. Así lo establece el artículo 1361 del Código Civil. Esto supone que la actividad probatoria es esencial para determinar si una cuenta bancaria es ganancial o privativa, ya que la presunción es de ganancialidad.
¿Qué ocurre en el período que media entre la separación de hecho y la liquidación de la sociedad de gananciales?
- Desde que una pareja se separa de hecho e inicia los trámites de divorcio hasta que se liquida la sociedad de gananciales pueden pasar varios meses. En estos casos no se habla ya de sociedad de gananciales, sino de comunidad postganancial.
Esa comunidad postganancial deberá seguir afrontando los gastos que antes asumía la sociedad de gananciales, por lo que el saldo de las cuentas bancarias postgananciales debe utilizarse, precisamente, para afrontar estos gastos.- Si uno de los cónyuges utiliza todo o parte de esos saldos para su exclusivo beneficio, la sociedad de gananciales será acreedora respecto de ese cónyuge por el importe actualizado de lo que haya gastado, y ese derecho de crédito se incluirá en el activo de la sociedad, salvo que ese cónyuge demuestre que ese gasto lo realizó en interés de la familia.
A la hora de analizar si el saldo una cuenta bancaria es ganancial o privativo, hay que tener en cuenta que abrir una cuenta conjunta a nombre de los dos cónyuges no implica necesariamente que el saldo de esas cuentas haya de atribuirse por mitades a los dos. Una cuenta indistinta atribuye facultades de disposición del saldo a cualquiera de los titulares, pero eso no significa reconocer su propiedad al 50%. Lo determinante es analizar el origen de los fondos de esa cuenta corriente ya que, salvo prueba en contrario, se presumen gananciales.





Muy buenas, desde hace unos meses veo que mi mujer no entrega en casa todo el dinero como antes hacía, he visto que se a abierto otra cuenta porque se descuidó y dejo el contrato bancario de apertura de cuenta.
Me niega tajantemente de la apertura de la cuenta, yo hice una copia de ese contrato, no le dije nada de que lo sabia cierto, jura y perjura que no se la a abierto.
Esta ingresando dinero a escondidas( unos 600 al mes,
Creo que su finalidad es irse de casa y para eso está ingresando en esa cuenta a su nombre solo.
En caso de separación puedo reclamar lo que me corresponda? Yo ingresó toda mi nómina en la cuenta en común, ella se queda la mayoría porque cobra en efectivo.
Gracias
Hola Antonio.
Si está Vd. casado en régimen de sociedad legal de gananciales los saldos de las cuentas bancarias existentes durante el matrimonio se presumen, precisamente, gananciales, lo que significa que tendrán que incorporarse al activo de la sociedad para poder liquidarla como consecuencia de una separación o divorcio.
Saludos.
Hola mi padre fallece en 2005 .los saldos bancarios a fecha de su muerte son 9000 euros que están a nombre de mi madre(titular unica en una cuenta de ahorro). ese dinero que seria ganancial o privativo de mi madre…gracias.
Hola Juan.
Ese dinero sería ganancial.
Le sugiero la lectura de la entrada de nuestra página web a la que podrá acceder pinchando en el siguiente enlace:
https://www.abogadoparafamilias.com/liquidacion-gananciales-cuentas-bancarias/
Saludos
Hola mi consulta aes la siguiente tenemos un plazo fijo con mi marido, la cuenta se encuentra a nombre de el pero yo cubro parte de los gastos de la casa para que se pueda juntar en la misma me corresponde si me divorcio ese plazo fijo o pierdo lo invertido
Hola Laura.
¿Nos escribe Vd. desde España?
Y en tal caso ¿Cuál es su régimen económico matrimonial?
Saludos.
Hola, he estado ingresando mi nómina en una cuenta común, mi esposa en otra cuenta a su nombre exclusivamente ha ingresado su nómina. Todos los gastos de la familia se han pagado en la cuenta donde está mi nómina y ella no ha gastado nada. Estamos hablando para separarnos de mutuo acuerdo pero afirma que el dinero de las cuentas hay que sumarlo y dividirlo entre dos cuando en realidad ella no ha contribuido al pago de los gastos de la familia y ha ahorrado en su cuenta bastante dinero aunque en mi cuenta hay más porque mi nómina es superior en su importe mensual. Tenemos que sumarlo y dividirlo todo o porque yo he pagado todo el dinero de mi cuenta debe ser para mí cuando yo he sido el único que ha ingresado allí y encima he pagado todos los gasto de la familia?
Hola José María
¿Está Vd. casado en régimen de gananciales?
Saludos.
si , en regimen de ganaciales
Hola , tanto mi mujer como yo tenemos cada uno una cuenta anterior al matrimonio , en las que cada uno de nosotros somos los únicos titulares de nuestras cuentas ,. en la de mi mujer se ingresa su nomina y en la mía mi nomina.
A parte de estas cuentas tenemos otra común, donde aportamos para los gatos familiares cierta cantidad cada uno de nosotros
¿El dinero de las cuentas donde nos ingresan las nominas estará en regimen de gananciales en caso de querer disolver la sociedad ,?
Estamos casados en gananciales
Hola Francisco.
Lo determinante no es a nombre de quién estén las cuentas, sino la procedencia de los ingresos que las nutren. Si se trata de nóminas, desde el momento en que contrajeron matrimonio esos fondos (y esas cuentas)serán gananciales, por aplicación del art. 1.347 del Código Civil.
Lel sugiero la lectura de la entrada de mi página web a la que podrá acceder pinchando en siguiente enlace
https://www.abogadoparafamilias.com/liquidacion-de-gananciales-activo/
Saludos.
Hola,
Tengo una vivienda que compre antes del matrimonio . para ello tuve un préstamo personal de mi actual esposa, parte de este dinero se lo devolví antes del matrimonio y la otra parte durante el matrimonio,
Estamos casados en gananciales , como afecta esto a la cantidad devuelta durante el matrimonio y a la propiedad de la vivienda.
El dinero prestado por ella , seria de carácter privativo , ya que se me presto antes del matrimonio?
Como afectaría al dinero devuelto durante el matrimonio a la hora de hacer una liquidacion de la sociedad , y respecto a la propiedad del piso?
Gracias
Hola Francisco.
El tema que plantea es demasiado complicado para resolverlo aquí con un breve comentario. Si lo desea, puede llamar al teléfono 807 46 45 10, donde estaremos encantados de atenderle.
Saludos.
Buenas Tardes,
Que ocurre con las cuentas bancarias que estan a nombre de un conyuge y existen antes del matrimonio donde los saldos que hay provienen de los salarios ingresados como parte de la nomina, en un regimen de gananciales?
Gracias
Hola Javier.
Lo determinante no es tanto la titularidad privativa o ganancial de la cuenta, sino el origen de los fondos de esa cuenta. Y las nóminas son gananciales.
Le sugiero la lectura de la entrada de nuestra web a la que podrá acceder pinchando en el siguiente enlace
https://www.abogadoparafamilias.com/liquidacion-de-gananciales-activo/
Saludos.