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Los viajes combinados

29 junio 2015
por Francisco J. Mateos
consumidores, contrato, turismo, vacaciones, viajes combinados
Sin comentarios

Los viajes combinados son una de las opciones a tener en cuenta ahora que empiezan las viajes_1vacaciones de verano, pero ¿Qué son exactamente los viajes combinados?

Son la combinación previa de, al menos, dos de los siguientes elementos:

  • Transporte
  • Alojamiento
  • Otros servicios no derivados del transporte y el alojamiento, que sean una parte importante del viaje combinado, como por ejemplo excursiones o visitas.

 

Esta combinación ha de ofrecerse o venderse con arreglo a un precio global y tiene que tener una duración mínima de 24 horas o incluir una noche de estancia.

Quien organiza y ofrece o vende directamente viajes combinados se denomina organizador, y quien los ofrece o vende por cuenta del organizador se denomina detallista. Ambos han de tener la consideración de agencia de viajes conforme a la legislación administrativa.

En los viajes combinados suele haber un folleto informativo con la oferta concreta que se pone a disposición del consumidor antes de la contratación. Pues bien, este folleto tiene carácter vinculante para el organizador o el detallista que lo ofrece, es decir, no se pueden cambiar las condiciones del viaje señaladas en la oferta, salvo que haya un acuerdo escrito entre las dos partes o que la posibilidad de que se existan esos cambios esté expresamente mencionada en el folleto y se comuniquen por escrito al consumidor antes de contratar el viaje.

Un derecho interesante que asiste al consumidor que contrata este tipo de viaje es que puede ceder gratuitamente su reserva a otra persona que reúna las condiciones requeridas para el mismo. Esta cesión ha de ser comunicada al organizador o al detallista con una antelación mínima de 15 días a la fecha de inicio del viaje, salvo que se haya pactado un plazo menor.

Viajes_2Tanto el cedente como el cesionario responden solidariamente ante el detallista o el organizador del pago del precio del viaje y de los gastos justificados que pudiera haber causado la cesión.

Puede encontrar información más detallada sobre los viajes combinados en el enlace precedente o dentro del apartado consumo en esta misma página web.

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