El testamento vital, conocido técnicamente como declaración de voluntad vital anticipada o documento de instrucciones previas, es aquel documento por el que una persona, consciente y libremente, expresa sus deseos e instrucciones para el caso de que no pueda expresar personalmente su voluntad por razones clínicas o médicas.
Estos deseos e instrucciones habrán de respetarse y el documento que los contiene ha de ser inscrito tanto en el registro de voluntades vitales, que con este u otro nombre similar existe en todas las comunidades autónomas, como en el registro nacional de instrucciones previas que está regulado por el Real Decreto 124/2007 de 2 de febrero.
En el testamento vital no sólo se hacen constar los deseos e instrucciones a que antes nos hemos referido, sino también la decisión adoptada por el otorgante respecto a la donación de sus órganos o de alguno de ellos, o la designación de un representante que actúe en su nombre en los casos en los que no pueda hacerlo por sí mismo. También se puede designar a otra persona que sustituya al representante. Tanto el representante como el sustituto, si lo hay, estarán plenamente identificados y habrán de expresar su aceptación.
Para que el documento de instrucciones previas surta efecto es indispensable cumplir una serie de requisitos formales sin los cuales no tendrá eficacia alguna. Así, es necesario, además de que conste por escrito y se inscriba en el registro de voluntades vitales, la identificación de su autor, su firma y la fecha y lugar de otorgamiento. Si el otorgante no sabe o no puede firmar lo hará por él un testigo, debiendo constar la identificación del mismo y el motivo que impide al autor firmar por él mismo.
Algunas comunidades autónomas regulan la posibilidad de que el otorgante realice su declaración de voluntad vital anticipada
, bien ante notario, bien ante testigos o ante el funcionario encargado del registro de voluntades anticipadas, siendo este último el procedimiento que desde aquí recomendamos. En cualquiera de los tres casos será siempre necesario que se inscriba tanto en ese registro de voluntades anticipadas de su comunidad autónoma como en el registro nacional.
Una vez que el testamento vital sea válido, sus declaraciones prevalecerán sobre la opinión y las indicaciones que puedan ser realizadas por los familiares, allegados o, en su caso, el representante designado por el autor de la declaración y por los profesionales que participen en su atención sanitaria.
La mayoría de las comunidades autónomas han publicado formularios para poder confeccionar un documento de voluntad vital anticipada. A continuación ofrecemos diferentes modelos descargables
Testamento vital en Andalucía Testamento vital en Aragón Testamento vital en Asturias
Testamento vital en Cantabria Testamento vital en Castilla – La Mancha
Testamento vital en Castilla y León Testamento vital en Catalunya
Testamento vital en Euskadi Testamento vital en Extremadura
Testamento vital en Galicia Testamento vital en La Rioja Testamento vital en Madrid
Testamento vital en Melilla Testamento vital en Murcia Testamento vital en Navarra




