• Blog
  • Quiénes somos
  • Contacto
  • ¿Por qué llamar al teléfono 807 46 45 10?
Llámanos: 807 46 45 10
Horario: 10:30 - 14:00 y 16:00 - 20:00
facebook
twitter
email
  • Matrimonio y parejas de hecho
    • ¿Qué es el matrimonio?
    • Matrimonios de conveniencia
    • Inscripción de parejas en el Registro de Parejas de Hecho
    • Legalización de documentos para la inscripción de parejas de hecho extranjeras
  • Nacimiento. Adopción
    • El nacimiento
    • El acogimiento familiar
    • Requisitos para ser familia de acogida de menores
    • La adopción ¿Cómo puedo adoptar?
    • Vientre de alquiler, madre de alquiler y maternidad subrogada
  • Divorcio
    • El divorcio
    • Nulidad matrimonial
    • La pensión compensatoria
    • La pensión por alimentos a favor de los hijos
    • Modificación de la pensión por alimentos
    • La guarda y custodia compartida
  • Violencia de género
    • ¿Qué es la violencia de género?
    • ¿Cómo sé si estoy ante una situación de maltrato?
    • ¿Qué hago si estoy siendo víctima de maltrato?
    • Orden de protección. Orden de alejamiento
    • El quebrantamiento de una orden de protección ¿Qué consecuencias tiene?
  • Consumo
    • Contratos celebrados en un establecimiento comercial
    • Contratos celebrados fuera de un establecimiento comercial
    • Contratos celebrados a distancia
    • El derecho de desistimiento
    • Garantías del consumidor
    • Viajes combinados
  • Comunidades
    • ¿Qué obras podemos realizar en nuestro piso o local?
    • Mayorías necesarias para autorizar la realización de obras en una comunidad
  • Arrendamientos
    • Arrendamientos regulados en la Ley de Arrendamientos Urbanos
    • Arrendamiento de vivienda
      • Duración y prórrogas.
      • La renta en los arrendamientos de vivienda
      • Derechos y deberes de las partes
      • Suspensión y extinción del contrato
      • Modelo de contrato de arrendamiento de vivienda.
    • Arrendamiento para uso distinto de la vivienda
      • Características del arrendamiento para uso distinto de la vivienda
      • Modelo de contrato de arrendamiento de local de negocio
  • Sucesiones
    • La Herencia
    • El testamento. Clases de testamentos comunes
    • Testamentos especiales
    • Sucesión intestada
    • La legítima
  • Curiosidades
    • ¿Porqué los abogados usan toga en los juicios?
    • El secreto profesional de los abogados

¿Qué es la curatela?

21 febrero 2016
por Francisco J. Mateos
curatela, incapacidad, menor de edad, pródigo, tutela
Sin comentarios

curatela_1

Nota importante: La curatela ha sido objeto de una significativa modificación como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 8/2021 de 2 de junio. Pinchando en el enlace que abre la entrada será redirigido al contenido actualizado.

La curatela es aquella institución que tiene por misión complementar la capacidad de obrar para la realización de determinados actos o negocios jurídicos de los menores emancipados, de los incapacitados y de los pródigos. Del mismo modo que la tutela la ejerce un tutor, la curatela la desempeña un curador.

  • <strong>¿Quiénes pueden quedar sujetos a curatela?</strong>

    Según los artículos 286 y 287 del Código Civil están sujetos a curatela:

    • Los emancipados cuyos padres fallecieran o quedaran impedidos para asistirlos.
    • Los que obtuvieren el beneficio de la mayor edad.
    • Los declarados pródigos.
    • Aquellas personas respecto de las que así se acuerde por una sentencia de incapacitación, por no sufrir una causa de incapacidad lo suficientemente grave como para constituir una tutela.

    Un pródigo es aquella persona que malgasta su propio patrimonio de forma reiterada e injustificada poniendo en riesgo a su familia cercana y los alimentos que debe satisfacerle.

  • <strong>¿Quién puede ser curador?</strong>

    Pueden ser curadores las mismas personas que puedan desempeñar una tutela. Al curador le son de aplicación las mismas normas que al tutor en materia de nombramiento, inhabilidad, excusa y remoción, aunque sí se establece una causa específica de inhabilidad para ser curador, ya que no podrán serlo los declarados e quiebra o concurso mientras no sean rehabilitados.

  • <strong>¿Cómo se ejerce la curatela?</strong>

    El curador no es un representante legal del menor o incapacitado, como ocurre con el tutor, sino que en su actuación se limita a asistirlo, a complementar su capacidad de obrar en aquellos actos y negocios que determine la sentencia de incapacitación o que no pueda desempeñar por sí mismo.

    Los actos o negocios jurídicos realizados sin la intervención del curador, cuando sea preceptiva, no son nulos de pleno derecho, sino anulables, es decir, será preciso solicitar su declaración de nulidad para dejarlos sin efecto.

    Así y a diferencia de la tutela que se ejerce de manera continua, la curatela se ejerce de manera esporádica, sólo cuando el menor o incapaz quiera realizar algún acto o negocio jurídico.

  • <strong>¿Cuándo se extingue la curatela?</strong>

    La Ley no regula ninguna causa de extinción; pero dada su similitud con la tutela, podemos concluir que serán causas de extinción de la curatela, entre otras:

    • La adquisición de la mayoría de edad por el menor o emancipado.
    • El fallecimiento del menor o incapacitado.
    • La desaparición de la causa que motivó la constitución de la curatela.

Publicaciones relacionadas:

La curatela ¿Qué es el defensor judicial? ¿Qué es la incapacidad civil? Constitución de la tutela. Novedades
Compartir en redes sociales

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

*
*

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

  • Acerca de nosotros
  • Aviso legal. Políticas de privacidad y de cookies

Categorías

  • Arrendamientos (15)
  • Comunidades de propietarios (9)
  • Consumo (63)
  • Curiosidades (1)
  • Divorcio. Separación. Nulidad (67)
  • Hijos (51)
  • Malos tratos. Violencia de género (23)
  • Matrimonio/parejas de hecho (81)
  • Nacimiento/adopción (19)
  • Obligaciones y contratos (49)
  • Penal (26)
  • Persona (27)
  • Sucesiones (26)
  • Uncategorized (127)

© Todos los derechos reservados Franciso José Mateos Hernández 2015
Gestionar el Consentimiento de las Cookies
Utilizamos cookies para optimizar nuestro sitio web y nuestro servicio.
Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin una requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de su proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarlo.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares.
Administrar opciones Gestionar los servicios Gestionar {vendor_count} proveedores Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
{title} {title} {title}