Algunas de las principales infracciones no penales que pueden cometer los menores de 18 años están contempladas en la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana. Dentro del extenso catálogo de infracciones sancionables que recoge la ley, vamos a referirnos a dos de las más comunes en relación con los menores.
<strong>Falta de DNI</strong>
El Documento Nacional de Identidad, o DNI, es obligatorio a partir de los 14 años. Por tanto la no tenencia del mismo es una infracción calificada como leve.
Pero no sólo la falta de DNI es una infracción; lo es también no denunciar su pérdida o sustracción así como el no tener cuidado en su conservación, siendo sancionable su extravío tres o más veces en el transcurso de un año.
Si no se trata de falta de DNI, sino de negativa a exhibirlo a la policía o a la autoridad, ya no hablamos de infracción leve, sino grave.
<strong>Consumo de bebidas alcohólicas o de drogas</strong>
Son probablemente las infracciones en las que, con más frecuencia, se ven implicados los menores. La ley considera infracción grave el consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana, es decir, hacer un botellón molestando gravemente a los vecinos.
También es una infracción grave el consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos. Es decir, por ejemplo, fumar un porro en la calle o llevarlo encima.
Cuando como consecuencia de una infracción en materia de consumo de drogas se imponga una multa a un menor, esta sanción podrá suspenderse siempre que, a solicitud del infractor y de sus padres o tutores, se someta a una tratamiento o rehabilitación o a actividades de reeducación. En caso de que ese menor infractor abandone el tratamiento o la actividad reeducativa, se procederá a ejecutar la multa.
Las infracciones graves se sancionarán con multa de 601 a 30.000 euros, y las leves, con multa de 100 a 600 euros. Una precisión importante: Cuando los autores de las infracciones sean menores de dieciocho años no emancipados responderán junto con él, de los daños y perjuicios ocasionados, sus padres o tutores.
La Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana entra en vigor el día 1 de julio de 2015.